Qué escándalo, aquí se conforma

 

Hoy está escandalizando a mucha gente la conformidad en el asunto de la muerte de Juan Andrés Benítez. A diferencia de los que ya han juzgado sobre el acuerdo, no puedo decir si me parece bien o mal, ya que no conozco el expediente judicial como para poder emitir una opinión.

Pero sí querría dejar constancia de algunas cuestiones:

1.- Lo que se ha hecho está previsto en la Ley del Jurado, en su artículo 50, y procede siempre que la pena que se acuerde no supere los seis años de privación de libertad. Ese límite es lógico: la ley antepone a todas las restantes finalidades del proceso penal, los derechos de los acusados. En este caso, los acusados son los policías.

2.- Extraña a muchos la posición del fiscal, que de pedir, según leo en la prensa, una condena de 13 años (imagino que por varios delitos, aunque el fundamental es el de homicidio doloso, por dolo eventual) y subsidiariamente de 6 años (por homicidio imprudente), ahora admite rebajar la petición a los 2 años que la ley establece como límite (en principio) para obtener la suspensión de la condena y evitar el ingreso en prisión. Pero, aunque los fiscales no son acusadores «puros», en la medida en que su estatuto les obliga a defender la legalidad, lo cierto es que son parte acusadora, y es normal que las peticiones iniciales sean lo más elevadas que admita una interpretación racional de los hechos, entre otras razones para forzar las conformidades. Esto es así constantemente. Así que, sin contar con elementos suficientes de juicio, también podemos plantearnos si no era la petición inicial la desorbitada.

3.- En el procedimiento hay tres acusaciones. Tres, ni más ni menos. Y todas han aceptado el acuerdo. Ya sé que habrá quien piense que al fiscal le han dado órdenes los aparatos represores del Estado, que a la hermana de la víctima solo le interesa la pasta y que la asociación personada como acusación popular o se ha vendido o ha sido presionada de alguna manera terrible. En cierto sentido, el abogado de la acusación popular ya está abonando esto al dejar caer que ha sufrido presión por parte de la fiscalía:

El representante de la ACDH en la vista de conformidad, Àlex Solà, ha insinuado que la Fiscalía les ha empujado al pacto por «dejar de remar» en la misma dirección que las otras acusaciones. «Sin venir demasiado a cuento la Fiscalía introduce elementos de duda en el caso», ha afirmado Solà.

El letrado se refiere al cambio de parecer de la Fiscalía, que el pasado jueves adujo que había que sumar otras «concausas» a la reducción de los Mossos para explicar la muerte de Benítez –como el consumo de cocaína o las dolencias cardíacas del fallecido. La Fiscalía advirtió por primera vez del «incierto desenlace» del caso a tres días del inicio del juicio, lo que supuso un balón de oxígeno para las defensas de los Mossos, que pedían la absolución de los agentes.

Ahora bien, nadie obligaba al letrado a conformar. En muchos juicios es imposible la conformidad precisamente porque una de las acusaciones no quiere. Y da igual lo que «introduzca» o presione el fiscal, porque si hay juicio se practicaran las pruebas, con contradicción y públicamente, y los jurados serán libres de decidir condenar.

Son esas excusas poco profesionales. Salvo que, para evitar las hostias que presumiblemente recibirán del sector que ya había decidido que los policías eran culpables o qué condena les parecería justa, haya salido por la tangente, sin admitir que, a lo mejor, esas «dudas» no las introducía el fiscal, sino que eran el resultado objetivo de los informes de los peritos, que, según leo, no eran nada concluyentes sobre la causa de la muerte, lo que podría haber dado lugar a una absolución.

No está bien echar al fiscal a los perros por realizar un juicio previo sobre las pruebas de cargo, sobre todo cuando el resultado del acuerdo admitido libremente es el que es.

4.- Esas dudas sobre la causa de la muerte y la existencia de concausas (enfermedad previa, consumo de cocaína, etc) pueden explicar además por qué la acusación particular ha llegado a un acuerdo: 150.000 € es una cifra razonable cuando es posible que la indemnización sea muy inferior si se demuestra que existen diferentes causas eficientes del fallecimiento y no se puede establecer con claridad una preeminencia de unas sobre otras. El informe pericial (según la noticia de prensa) afirma que los golpes, por sí solos, no causaron la muerte. Parece que había, por tanto, una buena defensa del homicidio por negligencia.

5.- Y también todo esto puede explicar por qué los acusados han admitido que causaron la muerte. Este factor es el que más ha escandalizado a la gente: admiten que han matado, pero no van a prisión. Lo que se olvida es que «admiten que han matado», pero lo hacen dentro de un acuerdo completo, con penas determinadas, obligaciones concretas y una indemnización determinada. De no darse estas circunstancias no habrían admitido el delito (precisamente su postura hasta ese momento) y habrían jugado su carta, la de defender que actuaron conforme a los protocolos que se les había enseñado y que la muerte no fue debida ni a dolo ni a negligencia. ¿Con qué futuro? Lo ignoro. Como lo ignoran todos los que están quejando. Lo que no puede ser es que se tome parte del acuerdo (admitir la muerte con consecuencias penológicas previstas en la ley) para criticar el resto, cuando cada parte condiciona las demás y el total. El acuerdo ha de verse en conjunto: también las acusaciones se han asegurado una admisión de hechos, una condena, una indemnización, una suspensión en el ejercicio de la profesión, una retirada durante cinco años más de las calles y la realización de un curso sobre derechos humanos.

6.- El tribunal no tiene en esto arte ni parte. Está obligado a aceptar el acuerdo, salvo que crea que los acusados no fueron autores de los hechos o estos no eran delictivos.

Como es evidente, nada de lo anterior tiene que ver con los protocolos que aplica la policía de Cataluña, con la crítica política, con las consecuencias administrativas (sobre las que no puedo opinar) o sobre la posibilidad de que la aseguradora de la Generalidad reclame a los que serán condenados la indemnización que paga, al tratarse de autores de un delito (tampoco puedo opinar sobre si esto es posible, porque no conozco la normativa que regula dicha policía o sus convenios colectivos o las propias pólizas).

Dirán que, para no poder hablar del tema, he hablado mucho. Sin embargo, si leen lo anterior con cuidado, verán que no. Que no he hablado del tema. He hablado de cómo opinamos sobre muchas cosas sin saber nada de ellas y sin siquiera aplicar la lógica, las máximas de experiencia o lo prudencia.

Sobre el tema, ni idea.

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