Nunca veo programas de debate en La sexta. Las pocas veces que me lo ha planteado o he caído por casualidad en uno, después de medio minuto escuchando gritos y consignas he cambiado de canal.
Ayer, en tuiter, descubrí que le estaban arreando a Eduardo Inda por no pagar las pensiones alimenticias a sus hijos. No voy a hablar de Inda, ya lo he hecho en muchas ocasiones: cuando publica algo, necesito siete fuentes independientes y haberlo visto personalmente para creerlo. Lo interesante, sin embargo, es comprobar cómo (con el cadáver de la cueva afgana aún caliente) la turba, dirigida por los que mandan en Podemos y coreada por algunos opinólogos y tuiteros estrella, dio por buena una noticia que es una porquería.
La Justicia ha dictado el embargo del salario, sueldos y otros ingresos de Eduardo Inda en La Sexta por incumplir sus obligaciones económicas con sus hijos …
Voy a aclarar algo: un embargo en un proceso de ejecución no implica que el embargado deba nada. Básicamente porque el embargo es automático cuando se acredita el cumplimiento de determinados requisitos. Por ejemplo, que hay una sentencia de separación o divorcio o de guarda o custodia que dice que tiene alguien que pagar XXX € al mes y que el que presenta la demanda de ejecución afirma que se le debe dinero. ¿Lo ven? Basta con que el demandante lo afirme para que se embargue. Luego, en el proceso de ejecución, el ejecutado se puede oponer y a lo mejor resulta que no debe nada y que la demanda era infundada. Podría ser, claro está, que el periódico supiera que ya se ha resuelto la oposición y la deuda existiese sin ninguna duda. Pero yo creo que no: que el periódico no tiene ni puta idea y no lo digo porque ya no me crea ni la fecha de un panfleto como Público, sino por lo que viene a continuación:
… según la ejecución forzosa difundida por las redes sociales y que ha sido dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Alcobendas (Madrid). Público ha recogido la sentencia tras confirmarla con fuentes judiciales y comprobar su impacto entre la opinión pública, donde las redes han convertido en trending topic la información sobre la cadena de Atresmedia y su colaborador estrella.
¿Cómo me voy creer eso de que Público ha confirmado no sé qué con «fuentes judiciales» cuando dice que «ha recogido la sentencia»? Para empezar, en un proceso de este tipo no hay ninguna sentencia. Para seguir, lo que publica Público es un recordatorio de un oficio. Es decir, para decirlo con llaneza el recordatorio de una carta. Por no ser, no es ni siquiera la resolución que acuerda el embargo (que, como digo, es prácticamente automática). Sin embargo, como tiene una «pinta» imponente hablan de sentencia. Es imposible tomarse a esta gente en serio. Continúa:
La resolución establece que el director de OK Diario sólo podrá disponer cada mes del mínimo legal establecido en este tipo de ejecuciones hasta que satisfaga los 13.344,44 euros que el juzgado ha sentenciado que debe a su ex esposa y a sus hijos, así como el pago de otros 4.000 euros adicionales en concepto de los intereses devengados y de las costas procesales.
Como pueden deducir de lo que he dicho antes, eso de que «el juzgado ha sentenciado» que debe no resulta en absoluto de ese recordatorio de un oficio. Pero es que, además, el propio texto de la noticia demuestra que el que la escribe como mínimo no tiene ni zorra idea de lo que habla: los 4.000 € no son para pago de costas y de intereses devengados. Los 4.000 son una cantidad presupuestada para eso. La ley permite que con tu demanda ejecutiva, a lo que tú dices que se te debe por por principal, añadas hasta un 30% por si en su momento te dan la razón y el ejecutado tiene que pagar costas e interesas (y así se asegura el cobro). ¿Ese recordatorio de un oficio demuestra que Inda tenga que pagar algo por costas e intereses y en su caso cuánto? Pues no, claro que no.
Todo, como ven, es porquería a carretadas, esparcida desde un partido político contra un periodista incómodo para ellos.
Pero hay más. He visto el vídeo que aparece aquí. La señora Bescansa es diputada. Eso es lo que me acojona. Porque a mí Inda no me representa. Pero la diputada Bescansa sí. Juzguen ustedes mismos. Por cierto, las explicaciones de Inda serán falsas o auténticas, pero al menos no son prima facie una porquería como la noticia del periódico.
Termino: gracias a los bufidos de la señora diputada me he enterado de esta ley del parlamento balear. En ella se ha basado la diputada para decir que «lo de Inda» es violencia machista.
He mirado y me he encontrado con esto:
Artículo 65
Definición
1. A los efectos de esta ley, se entiende por violencia machista aquella que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre estas por el hecho mismo de ser mujeres.
2. La violencia a la que se refiere esta ley comprende cualquier acto de violencia por razón de sexo que tenga como consecuencia, o que pueda tener como consecuencia, un perjuicio o sufrimiento en la salud física, sexual o psicológica, e incluye las amenazas de estos actos, la coerción y las privaciones arbitrarias de su libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada.
3. A los efectos de esta ley, también se consideran víctimas las hijas y los hijos de la madre víctima de violencia.
4. A los efectos de esta ley, se considera violencia machista:
a) Violencia física, que incluye cualquier acto de fuerza contra el cuerpo de las mujeres, con resultado o riesgo de producir lesión física o daño, ejercida por quien sea o haya sido su cónyuge o por quien esté o haya estado ligado a ella por una relación de análoga afectividad, aun sin convivencia. Asimismo, tienen la consideración de actos de violencia física contra las mujeres los ejercidos por los hombres en su entorno familiar o en su entorno social o laboral.
b) Violencia psicológica, que incluye cualquier conducta, verbal o no verbal, que produce en las mujeres desvalorización o sufrimiento, a través de amenazas, humillaciones o vejaciones, exigencia de obediencia o sumisión, coerción, insultos, control, aislamiento, culpabilización o limitaciones de su ámbito de libertad, ejercida por quien sea o haya sido su cónyuge o por quien esté o haya estado ligado a ella por una relación de análoga afectividad, aun sin convivencia. Asimismo, tienen la consideración de actos de violencia psicológica contra las mujeres los ejercidos por los hombres en su entorno familiar o en su entorno social o laboral.
c) Violencia económica, que incluye la privación intencionada, y no justificada legalmente, de recursos para el bienestar físico o psicológico de las mujeres y de sus hijas y sus hijos o la discriminación en la disposición de los recursos compartidos en el ámbito de la convivencia de pareja.
d) Violencia sexual, abusos sexuales y agresiones sexuales, que incluyen cualquier acto de naturaleza sexual forzada por el agresor o no consentida por las mujeres: la trata de seres humanos con fines de explotación sexual, la imposición, mediante la fuerza o con intimidación, de relaciones sexuales no consentidas, y el abuso sexual o cualquier acto que impide a las mujeres ejercer libremente su sexualidad, con independencia de que el agresor tenga relación conyugal, de pareja, afectiva o de parentesco con la víctima o no.
e) Violencia simbólica, que incluye iconos, representaciones, narrativas, imágenes, etc., que reproducen o transmiten relaciones de dominación de los hombres respecto de las mujeres, así como desigualdades de poder entre sexos y de segregación.
f) Feminicidio, asesinato de mujeres por el hecho de ser mujeres, al margen de que exista o haya existido relación de pareja.
g) Mutilación genital femenina: cualquier procedimiento que implique o pueda implicar una eliminación total o parcial de los genitales femeninos o produzca lesiones en los mismos, aunque exista consentimiento expreso o tácito de la mujer o de la niña.
Para empezar, he de decirles que ni siquiera con lo que dice ese artículo puede la diputada Bescansa acusar a Inda de ejercer violencia machista. Primero porque es una norma que se aplica solo en las Islas Baleares. Y segundo, y sobre todo, porque el propio artículo dice:
«c) Violencia económica, que incluye la privación intencionada, y no justificada legalmente, de recursos para el bienestar físico o psicológico de las mujeres y de sus hijas y sus hijos o la discriminación en la disposición de los recursos compartidos en el ámbito de la convivencia de pareja.
¿Sabe la diputada Bescansa si Inda ha privado a sus hijos de sus pensiones? ¿Sabe si, en su caso, tenía una causa legal para hacerlo? Ya sabemos que no. Que no lo sabe.
Dicho esto y para terminar, qué norma más excesiva y errada. Al final, se degrada la violencia, la violencia real, convirtiendo todo en violencia (como se degrada el terrorismo o el genocidio convirtiendo todo en terrorismo o genocidio). En último lugar aparece la mutilación genital. Compárenlo ustedes con eso que llaman «violencia simbólica» o la «ecónomica» que aparece antes. En fin, no sigo, no sea que alguien termine diciendo que ejerzo violencia machista en la modalidad «simbólica» por decir que eso me parece no solo falso, sino además estratégicamente equivocado. Es lo que tiene la pretensión de ajustar la realidad a mi discurso ideológico, que al final el que critica ese discurso no solo es un machista, sino un violento.
Homérica la ley, homérica.
Una vez más pone usted en dedo en varias llagas importantes: 1) la prensa en general no tiene ni puñetera idea de la mayoría de los asuntos técnicos (y de Derecho ni le cuento); 2) el problema de fondo es que a la gente se la pela que lo que le cuentan sea cierto o no, lo importante es atizar la hoguera; 3) la pérdida de valor de ciertas palabras cuando se utilizan para todo, en vez de usarlas para su significado exacto y concreto (violencia, terrorismo, democracia, libertad, fascismo, genocidio, golpista).
Conclusión: la ideología trata de deformar la realidad para que se parezca a la ideología, y a veces lo acaba consiguiendo, por desgracia.
Prueba a ver la sentencia que según tú no existe….este país es de chiste…

Es esta la sentencia que no existe? somos muy patéticos en este país:

No sólo existe sentencia,si no que 20 minutos ha publicado una copia,luego los sesgados son los otros…

Si los dirigentes de Podemos no pueden hacerse eco de una información VERDADERA sobre un periodista que diariamente publica noticias FALSAS sobre ellos apaga y vámonos. Que oiga, aquí ideología tenemos todos, y no cuesta demasiado imaginar lo que escribiría usted si el protagonista de la noticia fuera Pablo Iglesias en lugar de Inda.
Reblogueó esto en GADITANOSDELDOCE.
Quien a hierro mata, a hierro muere. El adalid del periodismo de fuentes dudosas y los rumores convertidos en noticia, es acusado, según usted, injustamente atendiendo a motivos no del todo ciertos, o mal fundamentados. Siento decirle que a mi no me produce ningún tipo de pena ni sentimiento de solidaridad el «mal trago» que pueda estar pasando este «periodista».
Coincido en general en que los medios, aun los decentes, hablan con total impropiedad de materias jurídicas. Así, la «resolución» por la que se despacha ejecución es un AUTO (551 LEC), entre otras cosas que no dice la noticia que citas. O que, por ejemplo, la ejecución tiene base (al parecer) en título judicial, a saber, una sentencia dictada en un proceso de alimentos (supongo), que es la razón por la que no hay requerimiento al ejecutado y el embargo es inmediato (554 LEC).
En cuanto al uso de las palabras por la prensa, cada vez parece más generalizado el uso del argumento Humpty-Dumpty: «Las palabras significan lo que yo quiero que signifiquen»…
Saludos,
Aguador.
Muy interesante articulo. Sin entrar en las disquisiciones sobre Inda, un tipo al que no trago desde que dirigia Marca; me sorprende esa afirmación que La Sexta está dirigida por los que mandan en Podemos. Si tomamos como cierta esa suposición, es licito pensar que el resto de los canales (TVE- Cuatro- TELE 5 y Antena 3) son progurbernamentales?
«Nunca veo programas de debate en La sexta.»
Solo por curiosidad: ¿ve Ud. programas de debate en otras cadenas?
Me hacen gracia estas explicaciones, si que es verdad que serán ciertas pero no todo el mundo estudia derecho y la señora vescansa tambien se equivocara! Pero que pasa cuando el personaje este(inda) dice las barbaridades, mentiras, pruebas falsas manipuladas etc, etc. No tiene sentido del ridículo? A mi me da vergüenza ajena. Pero que le vamos ha hacer, esto es España!!
Por partes:
1.- Los que me enseñan la «sentencia» deberían leer de nuevo la entrada. Eso que enseñan no es una sentencia.
2.- Neike: la noticia no es verdadera. De eso va la entrada. Sobre lo que yo haría si se refiriese a Pablo Iglesias, es un juicio de intenciones. Como usted no me conoce de nada, presumo que afirma eso sin tener ni puta idea.
3.- Mikahil: la entrada no va de la pena que me dé o no Inda.
4.- getaria12: yo no digo que la Sexta esté dirigida por Podemos: hablo de la turba dirigida por Podemos. Me refería a tuiter, lugar en el que dirigentes de Podemos y gente afín alentaron la campaña.
5.- Funes: no veo debates en televisión.
6.- Lugbic: no sé explicarme mejor.